DEPÓSITO DE CEPAS
Otorgada oficialmente por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) en el año 2012, la CChRGM es una institución única en Sudamérica que posee la categoría de Autoridad Internacional de Depósito. Recibe depósitos públicos, privados y privados con fines de patentamiento dentro de los términos del Tratado de Budapest.
¿CÓMO REALIZAR UN DEPÓSITO MICROBIANO EN LA CChRGM?
Para realizar un depósito microbiano exitoso, el depositante debe seguir una serie de instrucciones indicadas por la CChRGM, las cuales se resumen en cuatro pasos. Se recomienda Leer el siguiente Informativo INIA sobre: Cómo realizar un depósito microbiano en la CChRGM.
Paso 1: Evaluación de admisibilidad del depósito
La CChRGM verifica la información asociada al microorganismo a través de correo electrónico (curador.brgm@inia.cl). Para esto el depositante debe llenar una Forma de Adhesión, la cual se encuentra disponible AQUÍ y va a depender de la categoría del depósito. El microorganismo debe cumplir con los siguientes requisitos para ser admitido en la CChRGM.
Aquellos que pertenezcan a los dominios bacteria, archaea y eukarya (hongos).
Pueden estar o no modificados genéticamente.
Hasta Grupo de Riesgo 2, de acuerdo a los lineamientos del Manual de bioseguridad en el laboratorio de la OMS.Identificación taxonómica al menos a nivel de género, mediante técnicas moleculares de secuenciación:
- Gen ARNr 16S para bacterias.
- ITS para hongos.
Para el caso de un depósito público, es una exigencia enviar la secuencia del gen utilizado.
Debe tener una caracterización morfológica preliminar que permita una rápida verificación de la pureza del cultivo en términos macro y microscópicos. Incluir la temperatura óptima de crecimiento, morfología de la colonia, color, etc.
Se aceptan microorganismos modificados genéticamente, siempre y cuando se especifique la forma de selección de la cepa modificada. Toda esta información debe estar detallada en el Anexo 1 disponible en la página web de la CChRGM (Anexo 1).
La CChRGM se reserva el derecho a solicitar más antecedentes sobre el microorganismo, en el caso que la identificación del mismo no sea clara e independiente de la categoría del depósito.
El depósito es aceptado, siempre y cuando se hayan revisado todos los campos de la Forma de Adhesión y que toda la información relevante esté incluida en dicho documento.
La Forma de Adhesión debe estar firmada por el representante legal de la institución que deposita. Para el caso que haya dos instituciones firmantes, sólo una de ellas debe actuar como el contacto principal.
Una vez revisado el cumplimiento de los puntos anteriores, se acepta el envío de la cepa microbiana a la CChRGM. Se enviará al depositante un instructivo de envío de muestras, para que el despacho del material microbiológico sea de la manera más adecuada y segura para las personas que manipulan la encomienda durante su traslado.
La CChRGM no acepta consorcios microbianos debido a la imposibilidad de confirmar la viabilidad de cada uno de los integrantes del mismo. Como “consorcio microbiano” se entiende al conjunto de microorganismos que requieren de la presencia de cada uno de ellos para mantener esta comunidad, la ausencia de uno de ellos significa la desaparición del consorcio o de alguna de las propiedades por las cuales fue seleccionado.
La CChRGM no acepta mezclas de microorganismos como depósito único. Se entiende como mezcla de microorganismos a las muestras que contienen más de un microorganismo, ya sea de especies conocidas o desconocidas; las mezclas, pueden consistir de un sólo grupo microbianos (por ejemplo, todos hongos) o una mezcla de grupos no relacionados (por ejemplo, hongos y bacterias). Esto responde a que los microorganismos en las mezclas tienen diferentes tasas de crecimiento y puede existir antagonismo entre ellos. En una mezcla no hay garantías que la composición de ésta permanezca en la misma proporción después de la preservación. Para realizar un depósito en la CChRGM, las mezclas de microorganismos deben ser debidamente separadas por el depositante en cultivos puros y luego consultar la admisibilidad de cada componente, enviando la respectiva Forma de Adhesión.
Paso 2: Envío del microorganismo a la CChRGM
Una vez que la Forma de Adhesión del microorganismo a depositar haya sido admitida por la CChRGM, el depositante puede enviar el microorganismo por correo postal, siguiendo las siguientes recomendaciones. No olvidar que antes de enviar el microorganismo debe recibir la autorización explícita de la CChRGM para poder hacerlo.
El depositante debe asegurar que el cultivo microbiano crezca puro (cultivo axénico) antes de ser enviado a la CChRGM. La CChRGM se reserva el derecho de rechazar cultivos, en el caso de observar la presencia de dos o más microorganismos en el mismo medio de cultivo, o se detecte presencia de artrópodos, o el envase que contiene el cultivo se reciba dañado. En tales casos se emitirá un informe, el cual se enviará al depositante por correo electrónico, indicando las razones del rechazo y solicitando el envío de una nueva muestra.
Se reciben cepas como cultivos vivos, ya sea en medio sólido o líquido, o como cultivo liofilizado, lo cual debe ser informado al personal de la CChRGM con anterioridad.
Enviar el microorganismo en duplicado.
Rotular placas o tubos con el código de la cepa especificado en la Forma de Adhesión, la fecha de inicio del cultivo y el nombre medio de cultivo usado.
Empacar las placas Petri o vial plástico en doble envase, de forma de evitar deterioro de placas, viales y del sellado.
El depositante debe verificar que todos los documentos estén adjuntos con el envío:
- Forma de Adhesión original firmada por el representante legal de la institución.
- Anexo 1 en caso de microorganismos modificados genéticamente.
El personal de la CChRGM realizará una inspección preliminar del cultivo una vez recibido el mismo. El resultado de la inspección será informado al depositante vía correo electrónico.
La CChRGM asigna un número de ingreso a la cepa microbiana, el cual no corresponde al número de colección final, RGM. El número RGM se entrega posterior a la verificación de pureza y viabilidad del microorganismo.
Antes de enviar el cultivo microbiano, la CChRGM gestionará una autorización de ingreso de material biológico desde el extranjero al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) y al Instituto de Salud Pública (ISP). Las cartas de autorización emitidas por dichas instituciones serán escaneadas y enviadas al depositante, las cuales deben adjuntarse al envío del microorganismo, junto a la Forma de Adhesión y Anexo 1, este último sólo en el caso de cepas modificadas genéticamente.
En el caso que la aduana chilena realice cargos por almacenaje al momento de liberar la encomienda (lo cual normalmente no ocurre), estos serán debidamente informados y, posteriormente, cobrados al depositante. El Certificado de Depósito no será emitido mientras estos cargos no sean cancelados.
Paso 3: Evaluación de viabilidad y pureza del microorganismo
post-preservación
En esta etapa, el personal de la CChRGM procederá a evaluar la viabilidad y pureza del microorganismo mediante un subcultivo, posterior al proceso de preservación (criopreservación y liofilización). Se informará al depositante el resultado de este paso vía correo electrónico, el cual puede ser uno de estos tres casos.
El cultivo microbiano se encuentra puro después del subcultivo y viable posterior a ser sometido a un sistema de preservación. En este caso, la muestra se aprueba.
El cultivo microbiano no se encuentra puro después del subcultivo. Si después del tercer intento utilizando la muestra original se obtiene un cultivo contaminado, la muestra se rechaza y se dará aviso de inmediato al depositante a quien se le solicitará enviar una nueva muestra. En este caso, la CChRGM no someterá al microorganismo a preservación por no cumplir con los requerimientos mínimos de viabilidad y pureza, ni se realizará purificación del microorganismo.
El cultivo microbiano no tolera el sistema de preservación. Si después del tercer intento no se observa crecimiento del microrganismo posterior a su sometimiento a un sistema de preservación, entonces el microorganismo no puede ser aceptado en la CChRGM por no adaptarse a un sistema de preservación a largo plazo.
Paso 4: Emisión del Certificado de Depósito
Finalizado el proceso de verificación de viabilidad y pureza, se emitirá un Certificado de Depósito en el que se especificará el número de colección (RGM) y la fecha de inicio del depósito. Este certificado sirve de respaldo para acreditar el depósito de una cepa microbiana en la CChRGM.
Antes de emitir el Certificado de Depósito, se enviará un borrador para que el depositante revise los antecedentes.
En el caso de un depósito público, el número de colección y el Certificado de Depósito es entregado inmediatamente después de verificar pureza y viabilidad del microorganismo.
En el caso de un depósito privado o para fines de patentamiento, el número de colección y el Certificado de Depósito son entregados una vez confirmado el pago por el servicio de depósito.
Consideraciones importantes
- Cuando una cepa es recepcionada por el personal de la CChRGM, se le asigna un número de ingreso de cepa, el que no corresponde al número de colección (RGM) que se entrega al final del proceso.
- La CChRGM no entrega de forma provisional números de colección. Este número se entrega una vez finalizado el proceso de depósito en el caso de los ingresos públicos, o hasta que se verifique el pago por el servicio de preservación en el caso de los depósitos privados y privados con fines de patentamiento.
- La CChRGM sólo acepta pago de servicio de depósito mediante transferencia bancaria. Para el caso de un servicio de depósito microbiano solicitado desde el extranjero, los cargos de transferencia realizados por el banco son de exclusiva responsabilidad de la entidad depositante.
- Los idiomas oficiales de la CChRGM son el español e inglés.
- Una muestra del cultivo microbiano sólo puede ser enviada a la CChRGM siempre y cuando se haya notificado al depositante, mediante un correo electrónico, la autorización explícita de envío. El depositante, a su vez, deberá notificar a la CChRGM el día en que se envió la muestra y un número de rastreo de la encomienda.
- El envío del Certificado de Depósito es gestionado y pagado por la CChRGM.
- La fecha de depósito del microorganismo corresponde a la fecha en que la CChRGM recibe el microorganismo viable en sus dependencias.
- En caso que la muestra microbiana no cumpla los requerimientos mínimos de ingreso, se solicitará una nueva muestra al depositante, el cual deberá incluir una nueva Forma de Adhesión firmada por el representante legal de la institución. No se reprocesarán muestras si no llega este documento original.
- Si un microorganismo es enviado a la CChRGM para otros fines, por ejemplo, identificación molecular, y luego el depositante solicita realizar el depósito del microorganismo en alguna de las categorías de depósito disponibles en la CChRGM, la fecha de depósito no corresponde a la del primer propósito, sino que se usará la fecha de recepción de la solicitud de depósito.
- En el caso de un depósito privado o privado para fines de patentamiento, si los derechos del depositante son vendidos o cedidos a un tercero, o cambia el nombre del depositante, el depositante original (o su sucesor) deberán notificar a la CChRGM de este cambio. A su vez, la CChRGM contactará a ambas partes para solicitar una confirmación por escrito de tales cambios.
- El depósito de un microorganismo en la CChRGM, es reconocido como válido por todos aquellos estados contratantes del Tratado de Budapest.
- Aquellos depósitos con fines de patentamiento que hayan cumplido los 30 años de preservación, la CChRGM hará la consulta a la entidad depositante sobre cuáles son los pasos a seguir con respecto al depósito. Entre las posibles opciones están: renovar por otros 30 años, cambiar su condición a depósito público o privado, o la eliminación de la cepa.
- Se solicita al depositante realizar el depósito del material microbiano con tiempo.